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NO A LOS SISTEMAS DE DEPÓSITO
Ecoacero, La Asociación de Latas de Bebidas,
la Asociación Nacional de Fabricantes de Envases de Vidrio (Anfevi)
y la Asociación Nacional del Envase de PET (Anep), entidades
que representan a la práctica totalidad de los materiales empleados
para la fabricación de envases potencialmente sujetos a depósito,
rechazan de manera unánime el posible establecimiento de sistemas
de depósito, devolución y retorno de envases usados (SDDR),
recogido en la Ley 22/2011 de Residuos y Suelos Contaminados. En su
opinión, se trataría de una medida que en otros países
se ha revelado como una iniciativa con claro origen comercial, relacionada
con la restricción de la competencia o la protección de
mercados e industrias locales.

En el caso más conocido, el SDDR alemán, tanto
España como la propia Comisión y otros siete Estados miembros
han formulado objeciones a dicha implantación, alegando, entre
otros factores, la aparición de barreras que restringen la libre
circulación de mercancías y productos.
Los sistemas de depósito actualmente en vigor en algunos países
europeos no han mejorado los resultados globales de reciclado.
En España se ha configurado un sistema integrado de gestión
de residuos de envases (SIG) que está funcionando con éxito
desde 1998 y que ha permitido cumplir y sobrepasar ampliamente los objetivos
marcados por la Directiva de Envases y Residuos de Envases y por su
correspondiente transposición en la legislación española.
Alterar hoy este marco sin tener en cuenta la realidad de la industria
española y de la propia sociedad tendría consecuencias
tan perjudiciales que su alcance es difícil de evaluar.
Es muy cuestionable, además, su pretendida bondad medioambiental.
Las necesidades de transporte adicional que generan los SDDR, con rutas
específicas para recoger los envases en áreas comerciales
y, para el caso del pequeño comercio, mediante rutas de bolseo,
suponen mayor consumo de combustible y, por tanto, un incremento sensible
de emisiones de CO2, algo inaceptable en las circunstancias actuales,
y más cuando existen sistemas más baratos y medioambientalmente
más eficientes. Además, cualquier aumento de costes acabaría
repercutiendo en el precio de los productos y en el poder adquisitivo
de los ciudadanos.
En los escasos países en los que un SDDR está en funcionamiento,
se genera un coste evidente para el ciudadano, correspondiente a los
envases que no pueda devolver. En los casos para los que hay información,
este valor es del orden del 10% de los importes adelantados por los
consumidores (15% según los últimos datos publicados por
el propio SDDR noruego). En España, esta cifra podría
superar los cuatrocientos millones de euros al año. Las dificultades
para esta devolución, recuerdan los firmantes, “son mayores
para los consumidores más modestos, que además consumen
los productos más baratos, donde el valor del depósito
podría superar con frecuencia el valor del producto envasado”.
Añaden además que es falso el argumento de que los sistemas
de depósito favorezcan la introducción en el mercado de
envases reutilizables, ya que en todos los países con sistema
de depósito la proporción de envases reutilizables ha
ido decreciendo de manera regular.
En España los envases reutilizables tienen una parte apreciable
del mercado de bebidas envasadas, y se emplean en aquellas ocasiones
de consumo donde están más indicados tanto desde el punto
de vista comercial como medioambiental.
La principal debilidad de los sistemas de depósito es su carácter
discriminatorio. Se aplican únicamente a unos cuantos productos
y a unos determinados envases, en contraposición a los sistemas
integrados de gestión, que cubren por igual todos los envases
y productos puestos en el mercado. La implantación de un sistema
de depósito no sólo no permite prescindir de los SIG,
sino que obliga a mantenerlos en su totalidad para poder gestionar la
mayor parte de los envases usados, que de hecho permanecen fuera del
SDDR, y esta medida sería a todas luces desproporcionada y contraproducente.
Según doctrina de la propia Comisión Europea y aplicando
el sentido común, no existe justificación medioambiental
alguna para tratar de distinta forma un mismo envase en función
del producto que contenga, como ocurre actualmente en todos los sistemas
de depósito en funcionamiento.
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